En abril de 2017, Saraí fue internada en el Hospital Infantil de Especialidades estatal, y entonces sus papás pidieron que le hicieran un tratamiento que no incluyera transfusiones.
La niña, Saraí, vive en el estado de Chihuahua. Sus padres son indígenas rarámuris, y profesan la religión de los Testigos de Jehová, detalló el diario Reforma.
Los médicos indicaron que la menor requería transfusiones sanguíneas, pero sus padres se opusieron en ejercicio de su libertad religiosa
Tras la negativa de los padres, la trabajadora social del hospital consideró que debía reportar el caso a la Subprocuraduría de Protección Auxiliar de Niñas, Niños y Adolescentes de Chihuahua, a fin de que la decisión sobre el tratamiento que la pequeña requería quedara a su disposición.
Avisada de esta delicada situación, y después de escuchar a los padres y médicos, la Subprocuraduría de menores asumió la tutela de la niña para autorizar el tratamiento indicado.
Ante tal escenario, la madre de la menor reclamó que la Subprocuraduría desplazó de forma injustificada su derecho a decidir libremente sobre la salud de su hija.
La Subprocuraduría analizó la situación y asumió la toma de decisión por encima de los padres de Saraí, autorizando una serie de transfusiones, aplicadas durante 15 días.
El Estado debe dictar las medidas necesarias para proteger la salud de un menor, aun cuando sus padres rechacen el tratamiento: Primera Sala. https://t.co/8Wp29XRLE6 pic.twitter.com/RBkJgQ2DDW
— Suprema Corte (@SCJN) August 15, 2018
Se pone en riesgo la vida de un niño cuando los padres, privilegiando sus creencias religiosas, se rehúsan a seguir un tratamiento que ya ha sido acreditado por la comunidad médica, como el procedimiento más efectivo, subrayó la Primera Sala.
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